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“Es un mamarracho”, así calificó la Mesa de Enlace de Entre Ríos al proyecto de Ley del Fuego de Máximo Kirchner

Para las 4 entidades del agro que integran la Mesa de Enlace de Entre Ríos manifestaron que la "Ley del Fuego es un mamarracho que no soluciona nada y sólo aporta injusticia".

La Cámara de Diputados de la Nación acaba de aprobar el proyecto oficialista de Ley del Fuego que limita el uso privado y comercial de tierras incendiadas, prohibiendo específicamente el desarrollo de emprendimientos o actividades distintas al uso que esos terrenos tenían al momento del incendio y la venta de dichos inmuebles en plazos que van de 30 a 60 años.

“Se trata, sencillamente, de un mamarracho escrito desde la ciudad, sin entender la problemática rural, con un alto nivel de injusticia y con severas fisuras jurídicas”, dijo en un comunicado la Mesa de Enlace de Entre Ríos integrada por Sociedad Rural Argentina, delegación Entre Ríos(SRA), la Federación de Asociaciones Rurales de Entre Ríos (FARER), Federación Agraria, delegación Entre Ríos  (FAA) y la Federación Entrerriana de Cooperativas (FEDECO).

“Este proyecto emanado desde la desinformación, el prejuicio y la irresponsabilidad no separa un incendio intencional de uno accidental, transformando la norma en un literal despropósito. Por eso, si el Senado confirma este dislate, quien haya tenido fuego en su campo, haya sido deliberado o no, queda imposibilitado de cambiar de actividad o de venderlo por hasta 60 años”, expresaron las entidades entrerrianas.

“Considerar de antemano que existe una presunción de intencionalidad (de cometer el incendio) es arbitrario y condena a quien sufrió un accidente en su campo, sin tener derecho alguno a la defensa. De este modo, el damnificado sufre el daño del fuego y la sanción del Estado por varias décadas. Esta situación es insólita e inconstitucional, porque si bien no se pierde el inmueble, se impide disponer de él, alterando claramente el derecho a la propiedad”, dijo la Mesa.

Según las entidades entrerrianas “inclusive, hay ejemplos de sobra que pueden ilustrar aún más este desaguisado. Entre ellos, el caso de un campo que esté en proceso de sucesión o en plena de división de bienes y que se incendia accidentalmente. En ambos casos la acción quedará inmovilizada por hasta 60 años. Un disparate”.

“Lo que aflora aquí es la incapacidad del Estado para controlar el fuego, para investigar y para buscar herramientas lógicas, aplicables e inteligentes para una problemática seria y profunda”, afirmaron.

Finalmente lamentaron, “estamos en presencia de un nuevo acto de la pereza intelectual e incapacidad manifiesta de un sector que sigue utilizando recetas que abrevan en la revancha, aplicando castigos en lugar de soluciones, condenando sin derecho a defensa e impulsando una vez más medidas que implican una severa parálisis a la actividad productiva del país”.

El Proyecto de Máximo

La iniciativa impulsada por Máximo Kirchner impide realizar actividad agrícola, emprendimientos inmobiliarios o cualquier otro tipo de actividad que sea distinta al uso y destino que la superficie tenía al momento de iniciarse el fuego.

El texto, que fue presentado en octubre, llegó al recinto con las firmas de Máximo Kirchner y de los jefes del interbloque Federal Eduardo Bucca, de Unidad y Equidad Federal José Luis Ramón, de Graciela Camaño, Ricardo Wellbach, Luis Di Giacomo, Leonardo Grosso, Daniela Vilar, entre otros.

El Frente de Todos, con el respaldo de los bloques minoritarios de la oposición, hace unos días dio media sanción al proyecto. El texto fue acompañado por 132 diputados, con el voto negativo de 96 legisladores de Juntos por el Cambio.

La modificación a la Ley 26.815 de manejo del fuego impide realizar actividad agrícola, emprendimientos inmobiliarios o cualquier otro tipo de actividad que sea distinta al uso y destino que la superficie tenía al momento de iniciarse el fuego.

La prohibición será por el término de 30 años en el caso de zonas agrícolas, praderas, pastizales o matorrales, y por 60 años en el caso de bosques nativos o implantados, áreas naturales protegidas y humedales.

5222-D-2020

 

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